Calle Serrano 134, Edificio Consistorial, 5° Piso, Iquique.
La Municipalidad de Iquique, en su constante compromiso por cuidar nuestro planeta, pone a tu disposición las ordenanzas municipales vigentes. Acuérdate que puedes llegar aquí, escaneando los códigos QR disponibles en los letreros que se encuentran por la ciudad.
ORDENANZA | FECHA | TEMA | OBJETIVO |
---|---|---|---|
O.M N° 125 | 04.03.85 | Contaminación Ambiental | Prohíbase todo ruido, sonido o vibración, que por su duración e intensidad genere molestias al vecindario, sea de día o de noche, que se produzca en el aire, en la vía pública o locales destinados a la habitación, comercio, industria o a diversiones o pasatiempo, a través de aparatos electrónicos (Art°1); emanaciones de humo, olores nocivos (Art°2), letreros u otros que perturben la visión hacia las viviendas (Art°3). La municipalidad podrá solicitar al servicio de salud, el estudio y calificación (instrumental) del ruido y de las emanaciones de todo tipo que se produzcan (Art°4). La responsabilidad sobre los hechos precedentes recae sobre los administradores, tenedores, ya sea que se sirvan de ellos o lo tengan bajo su cuidado o custodia (Art°5). |
O.M N° 400 | 08.06.06 | Modifica O.M 125 | |
O.M N° 487 | 15.01.16 | Modifica O.M 125 | |
O.M N° 489 | 10.05.16 | Modifica O.M 125 | |
O.M N° 392 | 04.07.05 | Aseo Ciudad | Regula, controla y refuerza el servicio de aseo para la ciudad, en sus diferentes aspectos referidos a aseo habitacional (Almacenamiento, Recolección, Obligaciones y Prohibiciones); Aseo no habitacional (Almacenamiento, Recolección); Desperdicios industriales y de la construcción; Del Aseo Rural; Del Aseo Hospitalario; Limpieza del Espacio Público (bienes nacionales y privados de uso público, plazas, plazoletas, calles, galerías, pasajes, playas, etc.); Fiscalización y sanciones (multas). |
O.M N° 411 | 22.11.07 | Modifica O.M 392 | |
O.M N° 429 | 31.03.09 | Modifica O.M 392 | |
O.M N° 393 | 11.07.05 | Promueve el control integral de la población canina y mascotas | Promover el control integral de la población canina y de mascotas en la comuna de Iquique, su tenencia responsable, fundándose en medidas que tiendan a la erradicación de animales en la vía pública, a través de la educación de la población en tal sentido; asimismo incentivar el control de la natalidad, y el manejo de animales en cautiverio; por último imponer obligaciones a las personas que mantienen bajo su cuidado animales, y, sancionar la infracción e inobservancia de estas obligaciones (Art 1°) |
O.M N° 427 | 20.01.09 | Tenencia Responsable de Mascotas | Basada en O.M N°393, agrega capítulo V, referido a “los animales en cautiverio y de espectáculos”. Todo propietario de animales en cautiverio deberá cumplir con ordenanza; el cautiverio de cualquier animal silvestre deberá tener las debidas autorizaciones de los órganos ambientales gubernamentales; propietarios de zoológicos deberán cumplir con ordenanza; los animales en cautiverio y utilizados en espectáculos públicos deberán tener condiciones adecuadas de habitabilidad, salud y alimentación; todo tipo de espectáculo donde intervengan animales, deberá tener los respectivos permisos otorgados por la autoridad correspondiente; se prohíbe realización de peleas de canes con fines lucrativos o que importen sólo recreación por parte de espectadores, en las que se impliquen cualquier tipo de riesgo a la integridad física del animal (Capítulo V). |
O.M N° 444 | 25.03.10 | Vehículos abandonados en la vía pública | Regula el retiro de vehículos de la vía pública, entendiendo esta como calzadas, aceras y/o bandejones, para todos aquellos que, durante diez días corridos de permanencia en el mismo lugar, muestren signos de deterioro en su carrocería, neumáticos, vidrios y/o acumulación de desperdicios y/o basura en su entorno; agregando la no vigencia del permiso de circulación y revisión técnica (Art 1°) |
O.M N° 458 | 09.08.11 | Participación Ciudadana | Promover la participación de la comunidad civil local en el progreso económico, social, cultural y otros de interés de la comuna (art 3°) |
O.M N° 498 | 08.08.17 | Autorización Transporte Basuras, desechos, escombros o residuos | Regula las autorizaciones para el transporte de basura, desechos, escombros o residuos de cualquier tipo, estableciendo los requisitos y el procedimiento para conceder dicha autorización y la obligación de transportarla en un vehículo en los casos que correspondan (art 1°) |
O.M N° 508 | 11.05.18 | Sustituye uso bolsas plásticas | Sustitúyase la provisión o entrega al público en todo local comercial, supermercado, farmacias, y comercio en general de bolsas o recipientes de polietileno no biodegradables, o de cualquier polímero o similares, que usualmente se utilizan para el transporte de mercadería, productos y/o artículos, por bolsas reutilizables o de papel, en los plazos y condiciones que se indican (Art 1°) |
O.M N° 526 | 27.12.18 | Sobre uso y ocupación de los bienes de uso público de la comuna de Iquique | Tiene por objeto promover, fomentar y normar el uso de los bienes de uso público dentro del marco impuesto por las leyes, la moral y las buenas costumbres, asegurando de esta forma el uso adecuado de estos bienes en pro del resguardo de los habitantes de la comuna y de la convivencia armónica y segura de estos. |
O.M N° 531 | 07.02.19 | Sobre uso y ocupación de las playas ubicadas en los bienes de uso público de la comuna de Iquique | Tiene por objeto promover, fomentar y normar el uso de playas, terrenos de playa y balnearios, ubicados en los bienes de uso público, dentro del marco impuesto por las leyes, la moral y las buenas costumbres, asegurando de esta forma el adecuado uso de estos bienes en pos del resguardo de los habitantes de la comuna y de la convivencia armónica y segura de estos. |
O.M N° 547 | 18.12.19 | Modifica O.M 531 | Se elimina inciso 3 de articulo 3 “en las playas rurales se podrá acampar en aquellos espacios públicos que la municipalidad autorice y/o habilite, temporal o permanentemente, como aptos para acampar, de conformidad a la normativa vigentes…”. Se agrega numeral 16 en el artículo 4° “se prohíbe encender y realizar fogatas mediante cualquier tipo o forma de combustión, sea a gas, carbón, madera u otro”. Se reemplaza inciso primero del artículo 9° por el siguiente texto “los funcionarios que fiscalicen la contravención de las conductas prohibidas en esta ordenanza, quedan facultados para cursar la infracción correspondiente y remitirla al Juzgado de Policía Local”. En todo lo no modificado por la O.M 547, queda plenamente vigente lo dispuesto en la Ordenanza N°531/2019. |
O.M N° 542 | 26.09.19 | Sobre funcionamiento del aparcadero municipal, pago de derechos municipales, procedimiento de retiro de vehículos y/o especies desde las vías públicas y su posterior remate | Tiene por objeto regular el uso de los espacios de dominio público, y vías públicas, por parte de la comunidad, estableciendo un procedimiento de retiro de aquellos vehículos y/o especies, que se encuentren en estado de abandono y/o mal estacionados, o en estado de desarme, entorpeciendo su uso al resto de los habitantes, y respecto de aquellos derivados al corral municipal, por orden de la autoridad competente. |
VISIÓN
Consolidarnos como una comuna costera sustentable, siendo un territorio que permita habitar de forma saludable con una óptima calidad de vida en sus asentamientos urbanos y rurales, promoviendo permanentemente una cultura y conciencia ambiental en la ciudadanía.
MISIÓN
Gestionar el desarrollo sostenible local, valorando y preservando el patrimonio natural y cultural. Implementando, optimizando y verificando la Gestión Ambiental Local, en un proceso de mejora continua.
LINEAMIENTO | PROGRAMA DE ACCIÓN | PROYECTO |
---|---|---|
EDUCACION AMBIENTAL, TENENCIA RESPONSABLE DE MASCOTAS Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA | Difusión y Capacitación Ambiental a la Comuna de Iquique | Proyecto 1. Campaña educativa mediante la realización de una feria ambiental anual con participación de establecimientos educacionales y comunidad en general. |
Proyecto 2. Actividad puerta a puerta, promoción tenencia responsable de mascotas, según nueva ley vigente. | ||
Proyecto 3. Paneles informativos de especies endémicas en Playa Cavancha. | ||
Proyecto 4. Sensibilización y protección especies marinas | ||
Generar acciones de mejoramiento en salud pública y zoonosis | Proyecto 5. Esterilización de mascotas en barrios de la comuna de Iquique. | |
Proyecto 6. Calendarización anual para efectuar control de plagas en principales espacios públicos de la comuna de Iquique. | ||
Proyecto 7. Publicar en la página web municipal información respecto a las principales plagas y medidas de control, calendario de vacunación, desparasitación, alimentación de las mascotas, periodos de reproducción, controles a efectuar, manejo ambiental, enfermedades más comunes, etc. | ||
Proyecto 8. Creación de cementerio para mascotas. | ||
Difundir normativa ambiental vigente | Proyecto 9. Generar folletos informativos respecto de: las ordenanzas de carácter ambiental que posee el Municipio, la normativa ambiental vigente y las principales entidades gubernamentales relativas a las temáticas ambientales a denunciar. | |
GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS | Implementar acciones tendientes a disminuir la generación de residuos en la comuna | Proyecto 10. Duplicar puntos limpios existentes en la comuna de Iquique. |
Proyecto 11. Generar y actualizar Ordenanza Ambiental | ||
Proyecto 12. Aumento de contenedores para Residuos Sólidos Domiciliarios | ||
Proyecto 13. Generación de convenios con empresas gestoras de residuos. | ||
Proyecto 14. Instalación Vertedero de Escombros | ||
Proyecto 15. Instalación Planta de Compostaje. | ||
Disminución de micro basurales | Proyecto 16. Sensibilizar a la comunidad respecto a los peligros de los microbasurales. | |
Proyecto 17. Identificación de puntos potenciales de micro-basurales. A través de un software de sistema de información geográfica (SIG), se identifican los principales micro basurales presentes dentro y en los alrededores de la comuna, con el propósito de erradicarlos e instalar contenedores para la disposición de residuos. | ||
Proyecto 18. Informar mediante la página web y folletos a la población respecto del servicio de retiro de escombros otorgado por el Municipio. | ||
EXCESO PARQUE AUTOMOTRIZ | Disminución parque automotriz en abandono | Proyecto 19. Programa de retiro de vehículos abandonados en la vía pública. |
Proyecto 20. Aumento de fiscalización de vehículos mal estacionados, según normativa vigente. | ||
Proyecto 21. Remate vehículos abandonados. | ||
MANEJO DE ÁREAS VERDES | Generar nuevas acciones para mejorar la gestión del manejo de áreas verdes en la comuna | Proyecto 22. Incorporación de compost en el manejo de áreas verdes. |
Proyecto 23. Capacitación funcionarios depto. Operaciones en riego eficiente y sustentable. | ||
Proyecto 24. Campañas educativas para el cuidado y buen uso de las áreas verdes en las juntas vecinales, escuelas y jardines infantiles, a través de talleres y charlas de capacitación. | ||
Proyecto 25. Fomentar plantación de especies endémicas. | ||
PROTECCIÓN ECOSISTEMAS MARINOS | Reinserción de especies marinas | Proyecto 26. Reinserción de lobos marinos y rescate de especies a hábitat natural, en colaboración con el Centro de Rescate Marino de la municipalidad. |
Proyecto 27. Regular transporte de huiros mediante la creación de una ordenanza municipal. |
Esta iniciativa surge a raíz del compromiso municipal con nuestro planeta y del interés de la Dirección de Medioambiente de hacer parte a los ciudadanos del cuidado comunal.
La gestión ambiental local constituye un proceso transversal y permanente relacionado con las instancias que involucran la toma de decisiones de índole ambiental, la apropiación y el uso de los recursos naturales y el desarrollo sustentable de la comuna. En este contexto, el Comité Comunal Ambiental (CAC) constituye un órgano participativo esencial para la gestión ambiental local, cuyos principios fundamentales son la participación, la responsabilidad, la prevención y el seguimiento.
El CAC está integrado por representantes de la comunidad, sector educacional y el empresariado local, considerando especialmente el tipo de actividad económica preponderante en la zona y la trama social existente. La directiva del CAC fue elegida democráticamente a través de los mecanismos pertinentes, tiene personalidad jurídica y está constituida por un presidente, un secretario general, un tesorero y directores. Se podrán generar otros cargos dependiendo de la cantidad de miembros.
El CAC, en relación al proceso de certificación municipal, tiene como funciones realizar propuestas o proyectos ambientales en la comuna, apoyar las líneas estratégicas y el proceso de implementación del sistema de certificación ambiental en el municipio. Lo anterior, sin perjuicio de otras funciones que desee realizar por cuenta propia relacionadas con el apoyo al SCAM. A su vez el municipio debe considerar el comité como un actor relevante en las distintas actividades ambientales desarrolladas en la comuna, invitándolos a participar de ceremonias, actividades o participar en la elaboración de estas, además de programas y políticas ambientales en aquellos caso que sea pertinente.
¡Te invitamos a ser parte del CAC! Únete aquí.
Principales entidades gubernamentales para denuncias de temáticas ambientales
Institución | Fono | Dirección |
---|---|---|
Centro de Alerta Municipal (IMI) | (57) - 2514736 | Avenida Salvador Allende Gossens esq. Almirante Latorre, Iquique. |
Brigada Investigadora de Delitos Contra el Medioambiente y Patrimonio Cultura (BIDEMA) | (58) - 2570718 (58) - 2570718 |
Belén 1651, Arica |
Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) | (57) - 2361900 | San Martín # 255, oficina 71, Iquique |
SAG | (57) 241 5310 | Orella # 562 |
Seremi Salud | (57) 2404690 | Esmeralda # 475 |
Carabineros | 133 | Salvador Allende # 2734 |