El concejo es un órgano de carácter normativo, resolutivo y fiscalizador de la Municipalidad, encargado de hacer efectiva la participación de la comunidad local
De acuerdo a la Ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, es deber de los concejales pronunciarse, entre otras, sobre las siguientes materias:
El plan comunal de desarrollo, los presupuestos municipales, de salud y educación, así como los programas de inversión, concesiones, permisos y licitaciones.
El proyecto de Plan Regulador Comunal, sus modificaciones y expropiaciones que se requerirán para su aplicación.
Los derechos municipales por permisos, concesiones y otros gravámenes establecidos por Ley.
La adquisición, enajenación, donación o arriendo de bienes municipales.
El otorgamiento de subvenciones para entidades sin fines de lucro.
Las concesiones Municipales.
La orgánica interna de la Municipalidad y las ordenanzas municipales.
El otorgamiento, cese o traspaso de patentes de alcoholes, así como la fijación de los horarios de expendio de bebidas alcohólicas.
La elección del alcalde, en caso de producirse una vacancia del cargo superior a 45 días.
La participación de la Municipalidad en asociaciones, corporaciones o fundaciones.
Concejo Municipal de Iquique
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