Ordenanza Municipal
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09/04/2020 Ordenanza Municipal Nº 395 se modifica mientras dure el estado de excepción constitucional

La venta de bebidas alcohólicas solo podrá efectuarse hasta las 18 horas de lunes a domingo.

Ordenanza Municipal
Con la finalidad de dar cumplimiento a las distintas medidas de protección dictadas para evitar contagios de Covid-19 entre la población y, específicamente, a los habitantes de la Tierra de Campeones es que la Ordenanza Municipal n°395 del 2005 sufrió una variación. 

Se trata del artículo transitorio segundo que establece que los locales de venta de bebidas alcohólicas y aquellos supermercados, minimercados, distribuidoras, importadoras de vinos y licores, bodegas elaboradoras y agencias de viñas solo podrán atender público hasta las 18 horas de lunes a domingo. 

La durabilidad de este artículo será hasta el periodo por el que se extienda el Estado de Excepción Constitucional y la fiscalización quedará en manos de los inspectores municipales, sin perjuicio de las facultades que la Ley le otorga a Carabineros de Chile y las Fuerzas de Orden y Seguridad. 

La restricción entrará en vigencia desde la fecha de publicación en la página web del municipio.