CONCEJO MUNICIPAL DE IQUIQUE APRUEBA ORDENANZA QUE ESTABLECE PROCEDIMIENTO DE REMATE DE VEHÍCULOS ABANDONADOS
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08/09/2021 Concejo Municipal de Iquique aprueba ordenanza que establece procedimiento de remate de vehículos abandonados

En lo que va del año ya se han retirado de las calles 350 móviles

CONCEJO MUNICIPAL DE IQUIQUE APRUEBA ORDENANZA QUE ESTABLECE PROCEDIMIENTO DE REMATE DE VEHÍCULOS ABANDONADOS

De forma unánime el Concejo Municipal de Iquique, en su Sesión Ordinaria Nº 49, aprobó la “Ordenanza Municipal sobre procedimiento para efectuar el remate de los vehículos abandonados en la comuna”, estatuto que establece que la subasta de los automóviles que han sido retirados de la vía pública, podrá ser realizada mediante la Municipalidad de Iquique o a través de la Dirección General de Crédito Prendario, en virtud del convenio de colaboración suscrito por la misma casa consistorial con dicha entidad.

El actual corral municipal de Los Verdes está llegando al fin de su vida útil, por lo que aprobar esta ordenanza nos permitirá descongestionar este espacio y desincentivar el abandono de vehículos que tantas incivilidades genera en los barrios de la comuna”, expresó el alcalde Mauricio Soria Macchiavello al referirse al tema.

CIFRAS 

Las estadísticas del Departamento de Inspección de la Municipalidad de Iquique señalan que, durante lo que va de este año, ya se han retirado de la vía pública 350 vehículos en estado de abandono, cifra muy superior a los 105 sacados durante 2020, a raíz de la pandemia.

En tanto, las notificaciones por abandono de vehículos en 2020, a la misma fecha, llegaban a 395 y en lo que va de 2021 estas ya ascienden a las 632.  

REMATE

Cada vehículo abandonado, independiente del estado en que se encuentre, podrá ser rematado luego de 30 días de haber sido ingresado al corral municipal sin que haya sido reclamado por su dueño.

Previo a la puja, se publicarán dos avisos en un diario de circulación regional: el primero, 15 días antes de la fecha de subasta y el segundo, con 10 días de antelación. Ambos indicarán, tanto los días en los que se puede realizar la inspección del automóvil como la fecha, hora y lugar del remate, además de la individualización de vehículos con su placa patente o cualquier otro antecedente que lo identifique.

Asimismo, la Municipalidad de Iquique podrá fijar una postura mínima monetaria y el auto se adjudicará al postor que haga la oferta más elevada. Una vez efectuado el pago, el adjudicatario deberá suscribir una declaración formal facilitada por el Municipio ante el funcionario designado para estos fines, en donde el nuevo dueño o dueña deberá reconocer que realizó la revisión previa y las averiguaciones documentales apropiadas, teniendo un plazo de cinco días para retirar su nueva propiedad.

En caso de que exista algún propietario que desee reclamar la devolución de su vehículo con posterioridad a la subasta, deberá hacerlo dentro de los primeros seis meses, en donde podrá obtener el remanente del dinero obtenido con el remate. Es decir, se le descontarán los gastos en que se hubiere incurrido para llevarlo a efecto, los derechos municipales que correspondan, los costos de traslado, su bodegaje y otros.

Esta Ordenanza Municipal comenzará a regir desde la fecha de su publicación en el sitio web oficial de la Municipalidad de Iquique.